Un Autónomo Económicamente Dependiente (TRADE) es un trabajador autónomo que, aunque actúa por cuenta propia, tiene una relación económica significativa con un único cliente. Según el Estatuto del Trabajo Autónomo (Ley 20/2007), se consideran Autónomos Económicamente Dependientes aquellos que obtienen al menos el 75% de sus ingresos de un cliente principal. Esta figura ofrece una mayor protección jurídica, pero también establece requisitos específicos, es por ello, que hemos preparado esta guía completa.
Para ser reconocido como autónomo económicamente dependiente, debes cumplir los siguientes requisitos:
Dependencia económica: Facturar al menos el 75% de tus ingresos totales a un único cliente.
Medios propios: Contar con tus propios recursos para llevar a cabo la actividad (herramientas, equipos, local, etc.).
No tener empleados: No puedes contratar a otros trabajadores por cuenta ajena, ni subcontratar parte de la actividad.
Gestión autónoma: Debes organizar tu actividad sin someterte a un horario laboral o lugar de trabajo fijo, salvo en casos esenciales para la correcta ejecución del servicio.
Contrato específico: Es obligatorio formalizar un contrato por escrito con el cliente principal, que debe registrarse en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Actividades excluidas: Quedan excluidos de esta figura quienes realicen trabajos propios de una relación laboral, como el personal doméstico o los socios de cooperativa.
El TRADE cuenta con una serie de derechos que lo diferencian del autónomo general:
Descanso semanal: Tienes derecho a al menos 18 días hábiles de descanso anual.
Interrupción del contrato: Puedes interrumpir la relación contractual por motivos justificados, como enfermedad, riesgos laborales o fuerza mayor.
Indemnización por ruptura injustificada: Si el cliente rescinde el contrato sin causa, tienes derecho a una indemnización acordada en el contrato.
Protección frente a abusos: El cliente no puede imponer condiciones que contravengan lo pactado en el contrato.
Consideraciones importantes que debes tener al momento del alta como autónomo con respecto al contrato, al cual todos los trabajadores tienen derecho:
Como todo trabajador, el autónomo dependiente tiene obligaciones, las más comunes aquí detalladas.
Inscripción en el RETA: Estar dado de alta como autónomo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Declaración de ingresos: Presentar las declaraciones fiscales correspondientes. Como el IRPF (Modelo 130) y el IVA (Modelos 303 y 390).
Cumplimiento del contrato: Respetar los términos acordados en el contrato registrado.
Registro de contrato: Registrar el contrato firmado con el cliente principal en el SEPE.
Desventajas
Limitación para diversificar tu cartera de clientes, debido a la dependencia económica.
Imposibilidad de contratar a otros trabajadores.
Relación más rígida que la de un autónomo tradicional.
Ventajas
Mayor seguridad jurídica en la relación con tu cliente principal.
Derecho a indemnización por ruptura injustificada del contrato.
Beneficio de descansos y periodos de inactividad justificados.
Aspecto | Autónomo General |
---|---|
Dependencia económica | Diversificación de clientes |
Contrato | No obligatorio |
Derechos laborales | Menor protección |
Subcontratación | Permitida |
Aspecto | Autónomo Económicamente Dependiente |
---|---|
Dependencia económica | Ingresos dependientes (>75%) |
Contrato | Obligatorio y registrado |
Derechos laborales | Derechos similares a empleados |
Subcontratación | Prohibida |
Cotización
Los TRADE cotizan en el RETA como cualquier autónomo. Pero deben incluir cláusulas en su contrato para posibles ceses de actividad (paro de autónomos).
Fiscalidad
Se aplican las mismas normas que al resto de los autónomos. Debe declarar el IRPF trimestralmente (Modelo 130 o retenciones en facturas si aplica) y liquidando el IVA si corresponde.
📜 1. Contrato
El contrato entre autónomo y empresa le ofrece garantías similares a las de un trabajador por cuenta ajena.
🚫 2. Restricciones
Este tipo de autónomo no puede realizar contrataciones o no tener establecimientos abiertos al público a su nombre.
🏢 3. Inscripción
Inscribir la empresa para asignar un Código de Cuenta de Cotización al empresario.
📝 4. Presentación de modelo
Rellenar el modelo TA.6 y presentar el NIF con la Actividad Económica de la Empresa.
⚖️ 5. Subordinación económica
Aunque conserva cierta autonomía en la gestión de sus servicios, está en una situación de subordinación económica respecto al cliente.
💰 6. Obligaciones fiscales
Debe pagar impuestos (IRPF e IVA) como cualquier otro autónomo y abonar mensualmente la cuota de autónomos a la Seguridad Social.
Para una gestión eficiente y transparente de estos procesos, nuestra lista de precios de gestoría ofrece una estructura clara y accesible, adaptada a las necesidades de cada autónomo económicamente dependiente (Consulte en el apartado de precios).
El contrato el autónomo dependiente tiene derecho al cese y puede finalizar en los siguientes casos:
En caso de cese injustificado, tendrás derecho a una indemnización conforme a lo pactado en el contrato.
Ser TRADE es una figura idónea para trabajadores autónomos que dependen económicamente de un único cliente, pero buscan mayor seguridad jurídica. Sin embargo, es fundamental evaluar cuidadosamente las implicaciones y asegurarte de cumplir con los requisitos legales para evitar sanciones o conflictos con el cliente principal. En caso de dudas de esta guía completa, consulte con nuestros gestores.